Producción Mínima y Penalidad
Recuerde que la concesión minera obliga al titular a explotar los recursos mineros ubicados en el área concesionada. En consecuencia, está usted obligado a invertir dinero y trabajo hasta alcanzar la mínima producción de minerales que exige la Ley General de Minería.
Esta obligación de producción mínima también existe en el caso de haber celebrado un contrato o acuerdo de explotación.1. ¿Cuánto estoy obligado a producir o invertir?
2. ¿Cuándo debo obtener la producción o inversión mínima?
3. ¿Cómo declaro lo que he producido o invertido?
4. ¿Qué pasa si no cumplo con acreditar la producción mínima?
5. ¿Cómo se calcula la penalidad?
5. ¿Cuánto tendré que pagar por penalidad?
Si no está acreditado o pertenece al Régimen General de la Mediana y Gran minería:
Deberá pagar por penalidad US$ 6.00, por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima anual.
5. ¿Dónde pagola penalidad?
5. ¿Qué ocurre si no cumplo con pagar la penalidad penalidad?